¿A qué empleados aplica la exoneración?
Para saber si a sus empleados les aplica la exoneración debe tener en cuenta lo siguiente
- Persona natural:
Si usted es persona natural y tiene dos o más empleados (trabajadores, servicio domestico, etc.), los aportes a salud corresponden al 4% del IBC (antes 12,5%) y no debe pagar ICBF y SENA. Si usted solo tiene un empleado entonces este beneficio no le aplica y debe continuar haciendo todos los aportes de forma normal.
- Empresas:
Si usted es una empresa, entonces la exoneración aplica solo para aquellos empleados que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales ($6.160.000), en este caso los aportes a salud corresponden al 4% del IBC (antes 12,5%) y no se deben hacer aportes en SENA e ICBF. Para los empleados que devenguen 10 o más salarios mínimos se continúan realizando todos los aportes de forma normal.